LEY 18850 – 16/12/2011

Violencia doméstica. Hijos de personas fallecidas, Pensión y Asignación Familiar Especial.

Otorgamiento.

Hijos de personas fallecidas como consecuencia de hechos de violencia doméstica.
Se establece en su favor una pensión no contributiva y una asignación familiar especial.

Desde el 9 de abril pueden inscribirse en el BPS, posibles beneficiarios huérfanos a consecuencia de violencia doméstica.

Creo necesario, dado que esta información no ha sido difundida por la Prensa Nacional que en la medida de sus posibilidades hagan conocer a la opinión pública, esta resolución que cubre una parte de hechos lamentables y dramáticos que hoy recorren a nuestra sociedad.

Equipo de Representación de Jubilados en el BPS

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